Técnico Académico del Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM
El uso de imágenes y fotografías en publicaciones académicas es una práctica común, pero puede generar conflictos legales si no se respetan los derechos de las personas retratadas. Cuando una imagen de una persona aparece en una publicación, como un libro o un artículo académico, sin su consentimiento expreso, se vulneran sus derechos de imagen. En este artículo, exploraremos los marcos normativos en México que regulan el uso de la imagen de una persona, así como las posibles consecuencias legales y las soluciones disponibles ante el uso no autorizado de fotografías.
Introducción a los derechos de imagen
El derecho a la imagen es un derecho fundamental que protege la representación visual de una persona. Esto significa que cualquier uso de la imagen de alguien en medios de comunicación, publicaciones o cualquier formato público, debe contar con el consentimiento de la persona retratada. En el contexto académico, donde se utilizan imágenes para ilustrar investigaciones o documentar eventos, es fundamental asegurarse de que la publicación de dichas imágenes cumpla con la normativa vigente para evitar infracciones legales.
Ley Federal del Derecho de Autor y derechos de imagen
Artículo 87 de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA)
En México, la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) regula, entre otras cosas, el uso de la imagen de una persona a través de su Artículo 87, el cual establece que el retrato de una persona sólo puede ser usado o publicado con su consentimiento expreso. Esto significa que cualquier autor o editor que desee incluir una imagen en una publicación debe obtener el permiso escrito de la persona fotografiada, salvo algunas excepciones.
El artículo establece lo siguiente:
“El retrato de una persona sólo puede ser usado o publicado, con su consentimiento expreso, o bien con el de sus representantes o los titulares de los derechos correspondientes. No será necesario el consentimiento cuando se trate del retrato de una persona que forme parte menor de un conjunto o la fotografía sea tomada en un lugar público y con fines informativos o periodísticos.”
Esto implica que, si una persona es el foco principal de una imagen utilizada en un libro o artículo, su autorización es obligatoria. En caso contrario, la persona puede exigir el retiro de la imagen o incluso demandar por daños.
Excepciones al consentimiento en el uso de imágenes
El Artículo 87 de la LFDA también contempla algunas excepciones. Por ejemplo, no es necesario el consentimiento cuando la fotografía ha sido tomada en un lugar público y tiene fines informativos o periodísticos, o cuando la persona retratada forma parte de un grupo más amplio y su aparición es incidental. Esto es importante en contextos como conferencias, eventos académicos o manifestaciones públicas, donde las imágenes pueden mostrar a múltiples personas.
Ley de Responsabilidad Civil y protección de la imagen en México
Daño moral por uso no autorizado de imagen
Otra normativa clave en este tema es la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección del Derecho a la Vida Privada, el Honor y la Propia Imagen en el Distrito Federal, que regula el derecho a la propia imagen y su protección frente al uso indebido. Según esta ley, el uso no autorizado de la imagen de una persona puede generar un daño moral, que da lugar a una demanda civil.
El Capítulo III de dicha ley, desde el artículo 16 en adelante, establece que el uso no autorizado de la imagen de una persona en publicaciones o medios puede dar lugar a compensaciones económicas si la persona afectada puede demostrar un daño moral. La afectación a la privacidad y el uso no consentido de la imagen son consideradas infracciones graves en esta normativa.
Obligación de rectificación o retiro de material
Además de la compensación económica, la ley también prevé que la persona afectada puede exigir la rectificación o el retiro del material donde su imagen haya sido utilizada sin permiso. Esto significa que, si una fotografía aparece en un libro o publicación sin el consentimiento expreso de la persona retratada, puede solicitar que el material sea retirado del mercado o modificado para eliminar su imagen.
Consecuencias del uso no autorizado de la imagen en publicaciones
Demandas civiles por daño moral
En situaciones donde se ha utilizado una imagen sin consentimiento, la persona retratada tiene derecho a presentar una demanda civil por daño moral. Esta demanda puede derivar en el pago de una compensación económica si se demuestra que el uso no autorizado de la imagen ha causado algún perjuicio o afectación a la privacidad de la persona.
Rectificación y retiro de la publicación
Otra consecuencia legal del uso no autorizado de una imagen es la obligación de rectificación o el retiro del material publicado. Esto implica que el editor o autor del material deberá eliminar o modificar la publicación para cumplir con la normativa. En muchos casos, esta solución permite resolver el conflicto sin llegar a juicios prolongados.
Soluciones ante el uso no autorizado de imágenes
Comités de Ética en la UNAM y consulta a oficinas jurídicas
En el contexto de la UNAM, ante un conflicto por el uso no autorizado de una imagen en una publicación, los autores pueden acercarse a los Comités de Ética para recibir asesoría sobre cómo proceder. Además, la Oficina Jurídica de la Coordinación de Humanidades cuenta con abogados que pueden asesorar a los investigadores y autores sobre la mejor forma de resolver este tipo de situaciones.
Solicitar el permiso expreso retroactivamente
En algunos casos, es posible solucionar el uso no autorizado de una imagen solicitando el permiso expreso de la persona de manera retroactiva. Esto implica contactar a la persona retratada y obtener su consentimiento formal para que la fotografía continúe siendo utilizada en la publicación. Si la persona concede su permiso, el problema puede resolverse sin necesidad de modificar o retirar el material.
Consideraciones al incluir fotografías de personas en publicaciones
Obtención de consentimientos previos y explícitos
Para evitar problemas legales, es recomendable que los autores y editores obtengan siempre el consentimiento previo y explícito de las personas retratadas antes de incluir sus imágenes en cualquier publicación. Este consentimiento debe estar documentado por escrito, a través de una carta o contrato donde se especifiquen claramente los usos permitidos de la imagen.
Publicaciones académicas y derecho a la propia imagen
En el ámbito académico, es esencial respetar el derecho a la imagen de las personas, incluso cuando las fotografías se utilizan con fines de divulgación científica. Aunque la investigación y la publicación son actividades esenciales en el ámbito académico, los derechos individuales, como el derecho a la privacidad y a la propia imagen, deben ser protegidos para evitar consecuencias legales.
Conclusión: la importancia de respetar los derechos de imagen en publicaciones
El uso no autorizado de imágenes en publicaciones académicas puede tener consecuencias legales graves, incluyendo demandas civiles y la obligación de retirar o rectificar el material. Por ello, es fundamental que los autores y editores comprendan los marcos normativos que regulan el uso de imágenes en México, como la Ley Federal del Derecho de Autor y la Ley de Responsabilidad Civil, y que tomen las medidas necesarias para obtener el consentimiento expreso de las personas retratadas. En el contexto académico, la consulta a los Comités de Ética y a las oficinas jurídicas puede ser una herramienta clave para resolver conflictos y asegurar el cumplimiento de la normativa.
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